viernes, 7 de enero de 2011

ALEGACION AL NUEVO REGLAMENTO DE ARMAS

Pulsa en el enlace de abajo para suscribir alegación al Proyecto del Real Decreto del nuevo Reglamento de Armas. Tenemos hasta el 22 de enero de 2011. Tienes que imprimirlo, firmarlo y enviarlo por fax al nº 952714865 de la FAC o enviarlo por correo electrónico a secretaria.sgt@amador.mir.es

http://www.fac.es/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=34&Itemid=58

Esto es lo que nos prohíbe:

1º.- Armas semiautomáticas. Artículo 5.1.a, del Proyecto. El texto prohíbe de facto el 60% de las

escopetas y rifles que hoy, de forma completa y absolutamente legal, los cazadores utilizamos en nuestro
país.

2º.-Denegaciones y revocaciones de licencias de armas. Artículo 97.1.a, del Proyecto. El Proyecto exige

para la obtención de la licencia de armas, la carencia de antecedentes penales y policiales. Dichos
antecedentes, pueden resultar meras denuncias o incluso de infracciones administrativas, con independencia
de que no haya condena firme, de que el procedimiento haya sido sobreseído, archivado o absuelto finalmente el imputado.

3º.- Régimen autorización a menores (art. 109 Proyecto). El proyecto del Ministerio prohíbe que los
mayores de catorce años y menores de dieciocho puedan practicar la caza con armas de la categoría 3.2
(escopetas) tal y como hasta la fecha se venía permitiendo.
 
4º.- Calibre 22. Artículo 96.4, d, del Proyecto. España es uno de los únicos países de la UE que sigue sin
permitir el uso del calibre 22 para la caza
 
5º.- Limitación número de rifles a ocho. Artículo 100 del Proyecto. La reglamentación todavía vigente
permite la tenencia ilimitada de rifles para aquéllos que estén en posesión de la licencia de armas tipo “D”.
Esta parte interesa se elimine dicha limitación.